AFIP: Suspendió la exclusión de oficio del monotributo

Los contribuyentes que se excedan en el límite de facturación no pasarán automáticamente al régimen general. La medida se anunció este miércoles en el Boletín Oficial.

Los monotributistas que facturen por encima de los topes previstos en Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes no serán excluidos, al menos hasta fines de febrero de 2020. Así lo dispuso la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a través de una Resolución publicada este miércoles en el Boletín Oficial. De esta forma, quedó suspendido el procedimiento sistémico de la exclusión “de oficio”.

Según el organismo tributario, la decisión fue tomada por la magnitud de los acontecimientos económico-financieros que afronta el país y por pedido del Poder Ejecutivo, que le encomendó implementar medidas para amortiguar el impacto negativo. Hasta ahora, para permanecer en el régimen, los monotributistas no debían superar $1.726.600 de facturación anual (o $1.151.066 en el caso de la oferta de servicios). Al excederse, son dados de baja del régimen simplificado y de alta en los tributos correspondientes al régimen general, donde deben pagar IVA, Ganancias y Autónomos.

Con todo, desde la AFIP aclararon que la medida no suspende todas las exclusiones, sino el “proceso sistemático de exclusión”.

 

Fuente: El Informante

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